Quisiera hacer algunos comentarios más, si me permiten:
1.-
Si volaban aviones civiles eran pilotos civiles... Mas allá de que hayan "salido" de aviación del ejército.
Disculpad vosotros que os contradiga, pero el dÃa 23 de octubre de 1996 a las 17:22 Z, en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza (Min. Pistarini), se accidentó una aeronave Boeing 707 372C, matrÃcula LV-LGP... tripulada por:
1 (un) comandante que venÃa como PNF con licencia TLA...
1 (un) copiloto como PF con licencia TLA...
Lo más curioso de todo esto es que AMBOS ERAN PILOTOS MILITARES EN ACTIVIDAD (de hecho, el comandante era el Jefe de Escuadrón 707) ambos de la Fuerza Aérea Argentina.
Asà que EN ESTE PAÃS, el hecho de que sean aviones CIVILES no quiere decir que los pilotos sean civiles. Y por ridÃculo que parezca, parece que los pilotos militares tienen licencias CIVILES, ¡mientras están en actividad!... una cuestión de compatibilidad de condiciones, en un paÃs en el que el que parte y reparte, se queda con la mejor parte.
No nos pongamos a hablar sobre competencia desleal, y todas esas cosas... porque hay mucho paño para cortar. Desgraciadamente. Estas cosas que parecen ridÃculas, aquà son ciertas, legales... y está todo bien.
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2.-
SabÃan que tanto Cesere como Weigel salieron de Aviación de Ejercito ? No eran pilotos civiles. Que casualidad, NO ?
No confundamos la aviación de Ejército (Grupo 601 - Comando de Aviación de Ejército) con la Fuerza Aérea Argentina, que son dos cosas diferentes.
La aviación de Ejército hace años atrás tenÃa por costumbre periódicamente contratar pilotos comerciales (civiles) y los entrenaba hasta obtener la licencia de instructor de vuelo, habilitados para todos los aviones del comando, y a partir de allà ellos pasaban a formar los pilotos del comando. Uno de mis profesores del curso de piloto comercial tenÃa -precisamente- este orÃgen, y yo mismo estuve tentado de presentarme en un concurso de estos. Pero desistà por razones personales.
HabrÃa que analizar pues, si ellos fueron aviadores de Ejército, cuál fue el verdadero orÃgen.
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3.-
Leà ambos, y es mucho más completo y correcto, sin vicios de "soy juez y parte".
saludos
¿Cuáles son esos vicios? Acordate que la CIADA también es juez y parte en Uruguay. Porque depende de la Fuerza Aérea uruguaya, y que -además- si mal no recuerdo, dice que la alarma no era mandatoria... lo que no miraron es que "la no mandatoriedad" es posterior al accidente, y que -además- si no me equivoco, hay una ley argentina no derogada, que dice que aquello que la FAA considere mandatorio serÃa mandatorio en Argentina (FAA como Federal Aviation Administration).
Yo esto último no lo sabÃa, en realidad lo reveló Enrique Piñeyro en Fuerza Aérea Sociedad Anónima.